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Nuestro conocimiento sólo puede ser finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita. (K. Popper)
Los siete primeros artículos de las Constituciones del Gran Oriente de Francia están dedicados a enunciar los “Principios Generales de la Orden Masónica”. En el artículo primero se dice:
“La Francmasonería, institución esencialmente filantrópica, filosófica y progresiva, tiene por objeto la búsqueda de la verdad, el estudio de la moral y la práctica de la solidaridad; trabaja en la mejora material y moral para el perfeccionamiento intelectual y social de la Humanidad. Tiene por principios la tolerancia mutua, el respeto de los otros y de sí mismo y la libertad absoluta de conciencia”.
No siempre ha sido así. En el Convento (Asamblea General) de 1876 se debate y pone a votación posterior la modificación del artículo primero de la antigua Constitución que decía: "La Francmasonería tiene por principio la existencia de Dios y la inmortalidad del alma".
En discordancia con tal declaración, en el citado Convento se establece que: "la Francmasonería no es ni deísta, ni atea, ni siquiera positivista. En tanto que institución afirmante y practicante de la solidaridad humana, es extraña a todo dogma y a todo credo religioso cualquiera. Tiene por único principio el absoluto respeto a la libertad de conciencia".
En la misma asamblea, los masones reunidos en ella salen al paso de las calumnias que, desde otras instituciones e incluso desde otras obediencias masónicas, comenzaron pronto a esparcirse. "Después de los debates que hemos mantenido, ningún hombre inteligente y honesto podrá decir seriamente que el Gran Oriente de Francia ha querido desterrar de sus Logias la creencia en Dios y en la inmortalidad del alma; por el contrario, en nombre de la libertad absoluta de conciencia, declara solemnemente respetar las convicciones, las doctrinas y las creencias de sus miembros. No negamos ni afirmamos ningún dogma, a fin de permanecer fieles a nuestro principio y a nuestra práctica de la solidaridad humana. Si les place a los Grandes Orientes extranjeros calumniarnos, desfigurar nuestros pensamientos y desnaturalizar nuestros sentimientos, allá ellos. La opinión pública, pronto o tarde, les juzgará y la verdad verá la luz".
En el Convento del año siguiente, 1877, se dice: "Dejemos a los teólogos el cuidado de discutir los dogmas. Dejemos a las Iglesias autoritarias el cuidado de formular sus syllabus. Pero que la Masonería permanezca en lo que debe ser, una institución abierta a todos los progresos, a todas las ideas morales y elevadas, a todas las aspiraciones amplias y liberales. Que no descienda a la arena ardiente de las discusiones teológicas, que siempre han conducido a desórdenes y persecuciones ¡Que se cuide de querer ser una Iglesia, un Concilio, un Sínodo! Ya que todas las Iglesias, todos los Concilios, todos los Sínodos han sido violentos y perseguidores, y esto por haber querido siempre tener por base el dogma, que por su naturaleza, es esencialmente inquisidor e intolerante.
Que la Masonería planee, pues, majestuosamente por encima de todas estas cuestiones de Iglesias o de sectas; que domine desde su altura todas sus discusiones; que siga siendo el vasto refugio siempre abierto a todos los espíritus generosos y valientes, a todos los buscadores conscientes y desinteresados de la verdad, en fin a todas las víctimas del despotismo y de la intolerancia".
El artículo primero de las Constituciones del Gran Oriente de Francia, termina con el párrafo siguiente: "Considerando las concepciones metafísicas como parte del dominio exclusivo de la apreciación individual de sus miembros, rechaza toda afirmación dogmática. Tiene por divisa: Libertad, Igualdad, Fraternidad".
En este mismo sentido, la Circular del 18 de noviembre de 1901 señala, una vez más, el carácter liberal de la Francmasonería y afirma que "sus reglamentos abren ampliamente las puertas de sus Templos a todas las opiniones y a todas las concepciones filosóficas, morales o sociales y considera que toda clasificación de los Franc-Masones según categorías de intereses, de opiniones o de doctrinas, es contraria a los principios, a la Constitución y a las tradiciones de la Orden".
Esto mismo es lo que recoge el artículo cuarto de las Constituciones: "La Francmasonería considera el trabajo como uno de los deberes esenciales del hombre. Honra igualmente el trabajo manual y el trabajo intelectual".
De manera análoga a como se declaran enfáticamente los principios de libertad y de igualdad, se procede con el relativo a la fraternidad. La masonería es una institución fraternal y los artículos II y III de las Constituciones del Gran Oriente de Francia lo expresan en los siguientes términos : "El Franc-Masón tiene como deber, en toda circunstancia, ayudar, iluminar y proteger a su Hermano, incluso con peligro de su vida, y defenderlo contra la injusticia".
Bien entendido que esta obligación de ayuda fraterna nunca puede dirigirse a favorecer intereses personales o particulares en contraposición a los principios de justicia y equidad. La Circular del 22 de diciembre de 1890 deja claro que la defensa de los Hermanos se refiere a las situaciones en que estén amenazados o sean perjudicados por razón de su pertenencia a la Orden.
Es por esto que, "la Francmasonería tiene por deber el extender a todos los miembros de la Humanidad los lazos fraternales que unen a los Franc-Masones por toda la superficie de la tierra". (Artículo II de las Constituciones del GODF).